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SUBVENCIONES PARA FORMACIÓN CON URGENCIA



RESOLUCIÓN DE 21-8-2014, DEL SPEE, POR LA QUE SE ACUERDA LA TRAMITACIÓN DE URGENCIA AL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO INICIADO POR RESOLUCIÓN DE 19-8-2014, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN, CON CARGO AL EJERCICIO PRESUPUESTARIO DE 2014, DE SUBVENCIONES PÚBLICAS PARA LA EJECUCIÓN DE PLANES DE FORMACIÓN, DE ÁMBITO ESTATAL, DIRIGIDOS PRIORITARIAMENTE A LAS PERSONAS OCUPADAS (BOE 28-8)

TEXTO

Por Resolución de 19-8-2014, del SPEE, se aprobó la convocatoria para la concesión, con cargo al ejercicio presupuestario de 2014, de subvenciones públicas para la ejecución de planes de formación, de ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas, en aplicación de la Orden TAS/718/2008, de 7-3, por la que se desarrolla el Real Decreto 395/2007, de 23-3, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación, modificada por la Orden ESS/1726/2012, de 2-8.

El artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26-11, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que cuando razones de interés público lo aconsejen se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de las solicitudes y recursos, precisando que no cabrá recurso alguno contra el acuerdo que declare la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento.

La actual situación económica y la necesidad de impulsar al máximo la formación profesional dirigida prioritariamente a las personas ocupadas requieren de la adopción de medidas urgentes que traten de conseguir el pleno desarrollo de las capacidades profesionales de los trabajadores y atiendan a los requerimientos de productividad y competitividad de las empresas a través de los correspondientes planes de formación. Se constata, por tanto, que existen razones de interés público que aconsejan resolver con la máxima celeridad y eficacia la totalidad de los expedientes administrativos de concesión de subvenciones públicas que se tramiten al amparo de la mencionada convocatoria y que deben financiarse con cargo al presupuesto de 2014.

Ya la propia Resolución de convocatoria, de 19-8-2014, estableció plazos cortos en la instrucción del procedimiento, pero se considera necesario reducir al máximo el período de resolución de las solicitudes presentadas.

Por ello, estimando que concurren los requisitos para la tramitación de urgencia a los que se refiere el artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26-11, dispongo:

Acordar la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento administrativo iniciado por Resolución de 19-8-2014, del SPEE, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión, con cargo al ejercicio presupuestario de 2014, de subvenciones públicas para la ejecución de planes de formación, de ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas.

En consecuencia, se reducirán a la mitad los plazos establecidos en el mencionado procedimiento, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, y el de reformulación de solicitudes contenido en el artículo 18 de la citada Resolución.

Contra la presente resolución no cabrá recurso alguno, a tenor de lo preceptuado en el artículo 50.2 de la citada Ley 30/1992.

Madrid, 21 de agosto de 2014

La Directora General del SPEE, Reyes Zatarain del Valle.