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SENTENCIA AN 13-06-2014


SENTENCIA DE LA AN DE 13-06-2014


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SENTENCIA DE LA AN DE 13-06-2014 SOBRE SUSPENSIÓN DE CONTRATO Y REDUCCIÓN DE JORNADA

RESUMEN

El día 2-07-2013 el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Zamora dictó Auto, mediante el que declaró a la empresa demandada en situación de concurso voluntario de acreedores.

El día 16-09-2013 dictó Auto, por el que se abrió la fase de liquidación de la empresa demandada

El día 28-11-2013 se dictó Auto, por el que se autorizó la extinción de todos los contratos de trabajo en los términos convenidos entre la Administración concursal y los representantes de los trabajadores.

El día 25-03-2014 se presentó demanda por D. Hermenegildo contra Técnicos Unidos para la Construcción, S.A. (TUCONSA), Ecolex Bufete y Gabinete S.L.P. y Fondo de Garantía Salarial sobre conflicto colectivo.

D. Hermenegildo, en su calidad de delegado de personal del centro de trabajo de Zamora de la empresa demandada en su demanda de conflicto colectivo suplica se revoquen las medidas de suspensión de contrato y reducción de jornada, promovidas por la empresa demandada, una vez concluido sin acuerdo el período de consultas.

Mantuvo que la comisión negociadora no se constituyó debidamente, puesto que no se informó a los trabajadores del centro de Valladolid que se promovía el período de consultas, por lo que no eligieron representantes ad hoc, ni delegaron en los demás representantes de la empresa.

Destacó, en segundo lugar, que la empresa no les aportó la documentación económica pertinente para acreditar la concurrencia de causas y no aportó informe técnico para acreditar las restantes causas alegadas.

Denunció, en todo caso, que la empresa promovió el ERTE, cuando acababa de ejecutarse otro, sin que concurrieran nuevas causas.

Mantuvo finalmente que las causas alegadas no respondían a la realidad, por cuanto la empresa promovió a renglón seguido un procedimiento concursal, que ha concluido con la liquidación de la sociedad y con la extinción de todos los puestos de trabajo, por lo que no se negoció de buena fe durante el período de consultas.

La AN anula las medidas de suspensión de contrato y reducción de jornada ejecutadas por la empresa demandada

Se estima por la Sala la demanda de conflicto colectivo y anula las medidas de suspensión de contrato y reducción de jornada ejecutadas por la empresa demandada.

Declara que la empresa eludió las normas relativas al periodo de consultas regulado en los arts. 41 y 47 del ET, a lo que se une el hecho de que la comisión negociadora no se constituyó en debida forma al no encontrarse representados todos los trabajadores.

De otro lado, la demandada no aportó la documentación exigida legal y reglamentariamente, por lo que la negociación no cumplió sus objetivos.

FALLO

Se estima la demanda de conflicto colectivo, promovida por D. Hermenegildo y se anulan las medidas de suspensión de contrato y reducción de jornada ejecutadas por la empresa demandada y se condena a TUCONSA a reponer a los trabajadores en las condiciones anteriores hasta la fecha de extinción de sus contratos de trabajo.

Se condena a Ecolex Bufete y Gabinete, SLP, en su calidad de administrador concursal de la empresa condenada, a estar y pasar por la condena de la misma a los efectos legales que correspondan.

Contra esta sentencia cabe Recurso de Casación ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, que podrá prepararse ante esta Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en el plazo de 5 días hábiles desde la notificación.

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