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NUEVO VARAPALO DEL TC AL CONGRESO POR VETAR LA TRAMITACIÓN DE LEYES

Carlos Sánchez - El Confidencial

La Mesa del Congreso ha recibido otro varapalo del TC por vetar la tramitación de normas. Ahora, por frenar una proposición de ley de Podemos que quería cambiar la reforma laboral

El candado impuesto por la actual Mesa del Congreso a la tramitación de algunas leyes por considerar (de acuerdo con el anterior Gobierno) que suponen un aumento del gasto comienza a abrirse. Y el cerrajero no es otro que el Tribunal Constitucional, que en una nueva sentencia ha reprochado a la Mesa que vetara la tramitación de una proposición de ley firmada por la portavoz de Unidos Podemos, Irene Montero.

El TC ha estimado íntegramente el recurso con un argumento contundente. Al obrar de esa manera, la Mesa del Congreso de los Diputados, donde tienen mayoría PP y Ciudadanos, “ha vulnerado” el derecho de los diputados “al ejercicio del cargo público parlamentario”, por lo que, a consecuencia de ello, se ha mermado “el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos a través de sus representantes”.

El asunto se refiere a la tramitación parlamentaria de una proposición de ley en octubre y noviembre de 2017 que pretendía fortalecer la negociación colectiva, debilitada tras la última reforma laboral de 2012. En particular, pretendía eliminar la prevalencia del convenio de empresa frente al sectorial a la hora de fijar las condiciones de trabajo. Es decir, el objetivo era reducir la facultad del empresario para modificar unilateralmente las relaciones laborales, que solo operaría cuando fuera necesaria para prevenir una evolución negativa de la empresa, quedando excluidas de esa facultad la duración anual de la jornada y la cuantía salarial global.

Ante este planteamiento, que suponía enmendar puntos centrales de la reforma laboral, el Gobierno presentó un informe presupuestario sobre el impacto económico de la proposición de ley presentada por Unidos Podemos que, en resumidas cuentas, venía a decir que eso supondría un aumento del gasto. Para llegar a esta conclusión, tiró del Plan Nacional de Reformas de 2013, en el que se cuantificó que el crecimiento del empleo gracias a la reforma laboral fue del 9,82%, a lo que añadió que otros estudios, como el que hizo el economista Rafael Doménech para BBVA Research, habían estimado que los cambios legislativos habían impedido la pérdida de dos millones de puestos de trabajo.

Otra evaluación de la OCDE encontró, según el Gobierno, que la tasa de despido se redujo en 24% como consecuencia de la reforma laboral. En suma, en opinión del anterior Ejecutivo, las medidas de flexibilidad interna que proponía la iniciativa provocarían que las empresas volvieran a ajustar por vía de despido, lo cual supondría un incremento del número de perceptores de prestación por desempleo de, al menos, 100.000 nuevos beneficiarios, lo que implicaría un gasto adicional anual de, al menos, 1.500 millones de euros.

Soberanía popular

El Tribunal Constitucional, como es lógico, no entra a discutir los beneficios o perjuicios que ha traído la reforma laboral para la economía española, pero sí deja bien claro que el ejercicio de la función legislativa por los representantes de los ciudadanos —los diputados que presentaron la proposición de ley— constituye, pues, “la máxima expresión del ejercicio de la soberanía popular en el Estado democrático”, como ha señalado el propio TC en anteriores sentencias.

Es más, el Constitucional recuerda que la presentación de una proposición de ley a la Mesa de la Cámara legislativa por parte de un grupo parlamentario forma parte del núcleo esencial del 'ius in officium'. Es decir, de las facultades de los representantes elegidos que lo integran, “de modo que la inadmisión de esa iniciativa legislativa, por parte del órgano parlamentario de referencia, incide de modo esencial y directo en el ejercicio de la función parlamentaria”.

El Constitucional no solo entra en la forma, también en el fondo, y aunque no cuantifica el efecto sobre las cuentas públicas de la reforma laboral que proponía Unidos Podemos, sí advierte de que “ese escenario negativo que pronostica el Gobierno” se formula “de manera rotunda y sin sujeción a ningún marco temporal, de manera que tampoco se especifica, en esa primera parte del informe, si ese impacto surtiría efecto en el ejercicio presupuestario vigente a la fecha de su formulación o, por el contrario, afectaría también a ejercicios venideros”. Por lo tanto, no hay argumentos económicos suficientes para acreditar que la reforma de la reforma laboral tendría coste alguno para el erario público, como habilitan las leyes al Gobierno para vetar una proposición de ley

Ningún dato objetivo

Por si hubiera dudas, la Sala Segunda del Constitucional aclara que aunque el informe del Gobierno estima que de prosperar la proposición de ley se produciría una reacción empresarial que daría lugar a un incremento de los despidos, no ofrece, sin embargo, “ningún dato objetivo que permita conocer cómo obtiene la cifra de 100.000 nuevos perceptores de prestaciones por desempleo y el importe de 1.500 millones de euros más de gasto en esas prestaciones”.

Habida cuenta de la autonomía de las Cortes generales, la sentencia del TC no obliga a admitir a trámite la proposición de ley, pero ordena que el fallo tenga carácter retroactivo, lo que obliga a la Mesa a aceptar la tramitación de la reforma laboral que propone Unidos Podemos y así lograr que el procedimiento “sea respetuoso con los derechos fundamentales del recurrente”.

Aunque las Cámaras serán disueltas en los próximos días, la sentencia es muy relevante, debido a que marca las reglas del juego de la Mesa del Congreso para ordenar los debates. En la legislatura que está a punto de perecer, se han producido continuos enfrentamientos entre la Mesa y la nueva mayoría parlamentaria tras la moción de censura, que en repetidas ocasiones se ha quejado del filibusterismo que supone impedir la tramitación de una norma porque conllevaba aumento del gasto. Y lo que ha hecho ahora el TC, como antes lo hizo con otras normas, es limitar esa potestad de la Mesa, que debe estar justificada.

Recientemente, una sentencia del TC tumbó otro veto del Gobierno. En concreto, la sentencia, dictada por la Sala Primera, se refería a una proposición de ley del PSOE en la que planteaba modificar la legislación de las pensiones no contributivas para que pudieran cobrarla dos familiares que viviesen en la misma residencia de la tercera edad.

https://www.elconfidencial.com/economia/2019-02-19/varapalo-constitucional-congreso-vetar-tramitacion-leyes_1833458/