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AUMENTO DE LA APORTACIÓN AL IMSERSO PARA LA FINANCIACIÓN DE LAS CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS CUIDADORES NO PROFESIONALES DE LAS PERSONAS CON DEPENDENCIA


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AUMENTO DE LA APORTACIÓN AL IMSERSO PARA LA FINANCIACIÓN DE LAS CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS CUIDADORES NO PROFESIONALES DE LAS PERSONAS CON DEPENDENCIA

Consejo de Ministros -> 11-10-2019

El Consejo de Ministros ha autorizado la concesión de un crédito extraordinario, por importe de 95.688.588,52 euros, en el presupuesto del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, para aumentar la aportación del Estado al Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) y financiar las cuotas de Seguridad Social del convenio especial de los cuidadores no profesionales de las personas en situación de dependencia.

Ello supone el cumplimiento de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, que establece la financiación para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.

El Real Decreto-Ley 6/2019, de 1-3, de medidas urgentes para garantía de la Igualdad de Trato y de Oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación recuperaba que la financiación de las cuotas del convenio especial con la Seguridad Social que pueden suscribir dichos cuidadores no profesionales se haga a cargo de la Administración General del Estado y, por tanto, serán abonadas conjunta y directamente por el Imserso a la Tesorería General de la Seguridad Social.

Este Real Decreto-ley establece que las cuotas de estos convenios especiales se abonarían desde el 1-4-2019

Con base en esta normativa, las personas cuidadoras no profesionales pueden suscribir convenios especiales con la Seguridad Social y su coste será asumido por el Imserso. El importe necesario para atender este gasto se ha cifrado en 95.688.588,52 euros, teniendo en cuenta que la medida entró en vigor el 1-4-2019.

La no aprobación del Presupuesto de 2019 y la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado para 2018 han determinado que no exista dotación presupuestaria alguna para hacer frente al pago de estas cuotas. Por ello, es preciso autorizar la concesión de un crédito extraordinario con cargo al Fondo de Contingencia por un importe total de 95.688.588,82 euros.

Comunidades Autónomas

Por otro lado, el Consejo de Ministros ha autorizado la concesión de un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Sanidad por importe de 79.430.954,99 euros, con cargo al Fondo de Contingencia, para atender el nivel mínimo de protección garantizado por Estado a las comunidades autónomas, según lo establecido en la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Esta ley ha establecido un sistema basado en 3 niveles de protección:

a) un nivel de protección mínimo, establecido por la Administración General del Estado y cuya financiación le corresponde;

b) un segundo nivel de protección, que se acuerda entre la Administración General del Estado y cada una de las Comunidades Autónomas;

c) un último nivel de protección adicional que pueden establecer las Comunidades Autónomas que lo estimen conveniente, y que sea financiado exclusivamente por ellas.

Las comunidades autónomas son las encargadas de gestionar las ayudas, siendo las que finalmente determinan las prestaciones efectivamente reconocidas y el importe que debe hacer efectivo el Estado en concepto de nivel mínimo de protección garantizado.

La estimación de tal importe se realiza teniendo en cuenta el número de personas beneficiarias con prestación reconocida y efectiva y los grados de situación de dependencia, teniendo cada grado asociada una cantidad de nivel mínimo.

Dado que la estimación para este ejercicio asciende a 1.387.403.754,99 euros y teniendo en cuenta que en 2019 se han prorrogado los Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, en los que se contempla una dotación inicial para esta finalidad de 1.307.972.800 euros, la necesidad de crédito asciende a 79.430.954,99 euros.