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EL GOBIERNO MODIFICA LA CUANTÍA MÍNIMA DE LA PENSIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE PARA DESVINCULARLA DEL SMI

Laura Olías - eldiario.es

- El mínimo de esta prestación para trabajadores con una incapacidad permanente total por enfermedad común era hasta ahora el 55% de la base mínima de cotización, referenciada al salario mínimo

- El Ejecutivo desligó la cuantía mínima del SMI en el 'macrodecreto' laboral de final de año, algo que critican en Unidos Podemos como "un recorte" y una "pérdida de derechos" de los trabajadores

- Fuentes del Ministerio de Trabajo explican el cambio legal porque con fuertes incrementos del SMI, "como el acaecido en 2019, hace que superen la cuantía de la prestación con cónyuge a cargo"

El 'macrodecreto' con medidas de pensiones y laborales que aprobó el Gobierno a final de año albergó una modificación sustancial para los trabajadores que reciban una pensión por incapacidad permanente total. El real decreto-ley modificó la cuantía mínima de esta prestación que establecía la Ley General de la Seguridad Social, vinculada hasta el momento al salario mínimo interprofesional (un 55%). Tras el decreto se acuerda que se fije cada año en los Presupuestos Generales del Estado. Unidos Podemos tacha la medida de "recorte", que ya intentó aprobar el PP en los Presupuestos de 2018, y ha pedido una rectificación al Ejecutivo de Pedro Sánchez.

La pensión por incapacidad permanente total es vitalicia y se concede a los trabajadores que han quedado inhabilitados por motivos de salud para realizar las labores principales de su profesión habitual, aunque puede dedicarse a otras distintas. En cambio, la incapacidad permanente absoluta se concede cuando los trabajadores no pueden desempeñar ningún oficio o profesión.

Con fecha de 1-12-2018, 568.037 personas percibían una pensión por incapacidad permanente total. La Ley General de Seguridad Social recogía hasta ahora que la cuantía mínima de la pensión por incapacidad permanente total derivada de una enfermedad común no podía "resultar inferior al 55% de la base mínima de cotización para mayores de dieciocho años, en términos anuales, vigente en cada momento".

Como la base mínima de cotización del Régimen General está referenciada al salario mínimo interprofesional (SMI), esta cuantía mínima quedaba vinculada a sus incrementos. En 2018, el mínimo era de 404,77 euros al mes.

Carlos Bravo, secretario de Políticas Públicas y Protección Social de CC.OO., explica que esta vinculación al SMI solo estaba regulada para los trabajadores con cónyuge que no estuviera a su cargo y pretendía que no se descolgaran demasiado estas prestaciones "de las más bajas del sistema". Para los trabajadores que tiene un cónyuge a su cargo o los que forman una unidad familiar unipersonal no se sigue este criterio y este 2019 se elevan un 3%, el incremento acordado por el Gobierno de manera general para las pensiones mínimas.

78 euros al mes de diferencia

Según la normativa anterior, la cuantía mínima vinculada al SMI habría ascendido en 2019 hasta los 495 euros al mes. La pensión más baja por este concepto habría escalado un 22%, al igual que el salario mínimo, y habría quedado muy por encima de las pensiones por incapacidad permanente total de trabajadores solos o con familiares a cargo, que en 2019 será de 421,4 euros al mes.

Esta disparidad es la que alegan en el Ejecutivo para haber incluido este cambio en el decreto de cierre de año. Fuentes del Ministerio de Trabajo argumentan que

"se ha decidido eliminar la referencia al 55% del SMI como importe mínimo de las pensiones por incapacidad permanente total, porque, con un fuerte incremento, como el acaecido en 2019, hace que superen la cuantía de la prestación con cónyuge a cargo".

Por ello, continúan en el Ministerio de Magdalena Valerio,

"se establece que, cada año, se determinará la cuantía mínima de estas pensiones mediante la LPGE".

Para 2019 el mínimo queda establecido finalmente en los 417 euros al mes, 78 menos que si se hubiera aplicado la normativa anterior. Respecto a la cuantía mínima de 2018, supone un aumento del 4,8%.

Unidos Podemos: "Es un recorte de derechos"

Yolanda Díaz, diputada en el Congreso de Unidos Podemos por En Marea, rechaza este argumento y critica la medida como un "recorte de derechos de los trabajadores". La parlamentaria gallega recuerda que la medida aprobada por el Ejecutivo de Sánchez había sido ya planteada por el PP cuando estaba en el Gobierno Mariano Rajoy. "Entonces nos opusimos y el PSOE también", subraya. El PP acabó retirando la enmienda que albergaba la medida que había presentado a sus Presupuestos de 2018.

"Cuando lo planteó el PP lanzamos un comunicado en contra", afirma también Carlos Bravo, que critica que el Gobierno socialista no haya llevado esta modificación ante los sindicatos y la patronal. "Es verdad que no tiene sentido que la cuantía mínima del trabajador sin cónyuge a cargo sea mayor que la del que tiene una persona a su cargo, pero la solución no es esta y menos sin consultar a nadie", prosigue el representante de CC.OO..

Desde UGT confirman que el cambio legal no fue consultado con los agentes sociales, aunque consideran que el Gobierno no podía mantener "esa discriminación" entre prestaciones sociales iguales, explica Mari Carmen Barrera, secretaria de Políticas Sociales, Empleo y Seguridad Social de UGT. "Esa diferencia era injusta", sostiene.

En opinión de CCOO, el Gobierno podría haber optado por aumentar la cuantía mínima de todas las pensiones por incapacidad total. Unidos Podemos desconfía de la desvinculación de la cuantía mínima con el SMI, ya que al acordarse en los Presupuestos queda condicionada al Gobierno de turno. "Lo que han hecho es cargarse el suelo de estas pensiones, es una barbaridad", critica Yolanda Díaz, que ha trasladado al Gobierno la disconformidad de su grupo parlamentario con la medida y exigido su rectificación.