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LAS COLABORADORAS CON LA SEGURIDAD SOCIAL EN BAJAS NO DECLARARON 5,8 MILLONES EN REDUCCIÓN DE CUOTAS EN 2015


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LAS COLABORADORAS CON LA SEGURIDAD SOCIAL EN BAJAS NO DECLARARON 5,8 MILLONES EN REDUCCIÓN DE CUOTAS EN 2015

Madrid (Europa Press)

Las empresas colaboradoras voluntariamente con la Seguridad Social en la gestión de las bajas laborales no declararon una reducción de cuotas de 5,8 millones de euros en 2015 a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.

Así se desprende del 'Informe de fiscalización de la gestión y control de las prestaciones asumidas por empresas que colaboran voluntariamente con la Seguridad Social, Ejercicio 2015' aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas.

El órgano fiscalizador pide acabar con esta fórmula de colaboración voluntaria, a través de la cual 240 empresas colaboraron en 2015 en la gestión de las prestaciones económicas por incapacidad temporal derivada de enfermedad común o accidente no laboral, que en 2015 generó obligaciones por el Instituto Nacional de la Seguridad Social con las empresas por 105,4 millones de euros.

Estas sociedades, señala el Tribunal, gozan de "una situación más ventajosa" que el resto de colaboradoras, pues no anticipan el importe de la prestación, no se les obliga a aportar recursos propios al sistema ni realizar aportación alguna al sostenimiento de los servicios comunes y, además, tienen derecho a mejorar la citada prestación con cargo a la colaboración.

Además, el Tribunal critica que ni el importe de las cuotas retenidas ni los gastos imputables por las empresas (141,4 millones y 128,2 millones en 2015, respectivamente) tiene reflejo en ninguna partida del presupuesto de la Seguridad Social ni su resultado económico-patrimonial por lo que no se aporta información sobre las mismas en las cuentas aportadas para su fiscalización.

Critica la gestión de la dirección general

En su informe, el órgano presidido por Ramón Álvarez de Miranda carga contra la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social pues, critica, "no ha ejercido de forma eficiente la competencia relativa a la coordinación y tutela sobre la gestión de las empresas que colaboran voluntariamente".

Así, enumera que no aprobó ninguna instrucción para definir cómo remitir la información, su plazo, el contenido de la misma o las propias consecuencias ante la falta de envío ni tampoco los gastos imputables a la gestión de las prestaciones económicas.

Por ello, no dispuso de información relativa a 52 de las empresas colaboradoras, bien porque no se enviara o se enviara sin contenido, sin que la administración "hubiera adoptado ninguna medida para subsanar esta situación", relata en su informe.

Tampoco revisó la información remitida por las empresas, apostilla el Tribunal, "limitándose a elaborar unos documentos resumen, dando por ciertos los datos recibidos, aun cuando existían errores detectables con la mera observación de los importes consignados en las mismas".

Asimismo, detecta "deficiencias" en el intercambio de información entre la Tesorería y la Dirección General de la Seguridad Social, pues la segunda no recibe información relativa a los ingresos de excedentes de empresas que cesan en la colaboración, y tampoco remite a la Tesorería información sobre los gastos correspondientes por las prestaciones.

Sólo el 4% de gasto en sanidad pública

Respecto a la atención sanitaria prestada, el Tribunal alerta que la normativa no define ni precisa el concepto de suficiencia de las instalaciones sanitarias con las que deben contar las empresas colaboradoras.

Asimismo, señala que aunque se exige la coordinación de la asistencia prestada con la Sanidad pública, únicamente el 4,45% de los gastos asistenciales comunicados por las empresas (2,4 millones de 55,2 millones) se prestó por servicios públicos.

Rendimientos que no percibe la seguridad social

Por último, alerta de la pérdida de rendimientos financieros que provoca el hecho de que el excedente originado en esta gestión, cuotas no ingresadas que constituyen fondos públicos, obren en poder de las empresas colaboradoras y no de la propia Seguridad Social hasta el cese de la colaboración.

En total, a 31-12-2015 el patrimonio total afecto a la colaboración en manos de las empresas ascendía a prácticamente 403 millones de euros, un importe depositado en cuentas corrientes bancarias a nombre de las empresas y no de la Seguridad Social.

Por tanto, los intereses generados por estos depósitos han estado revirtiendo, señala el Tribunal, en beneficio de las propias empresas y no han incrementado el importe de las Reservas ni de los resultados pendientes.

Además, señala que este importe genera un beneficio que no se destina a fines propios de la colaboración voluntaria de la Seguridad Social y nunca serán reintegrados a la Tesorería General de la Seguridad Social en caso de que cese la colaboración.