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RENTA 2021: AVISO DE HACIENDA A LOS TRABAJADORES AFECTADOS POR UN ERTE


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RENTA 2021: AVISO DE HACIENDA A LOS TRABAJADORES AFECTADOS POR UN ERTE

Susana Zamora - diariosur.es

Los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) recomiendan a estos contribuyentes que revisen el borrador del IRPF y corrijan los posibles errores

La pandemia del Covid-19 tendrá su reflejo en las declaraciones de la renta de muchos contribuyentes este año. El parón económico sufrido por miles de empresas ha abocado a miles de trabajadores a un ERTE, que han recibido temporalmente una prestación del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Esta situación supone en la práctica haber tenido dos pagadores (nómina y prestación por desempleo), lo que previsiblemente obligará a muchos de ellos, que el pasado año no estaban obligados a presentar declaración de la renta o les salía a devolver, a tener que declarar en esta campaña, incluso, tener que pagar.

Los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) han recordado que los trabajadores que hayan estado en ERTE y que ganan menos de 22.000 euros al año tendrán en esta ocasión que presentar la declaración de la renta. Pero matiza: aquellos que hayan cobrado entre 14.000 y 22.000 euros en 2020 tendrán la obligación de declarar si lo percibido del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) supera los 1.500 euros anuales. Solamente quedarán exentos aquellos contribuyentes que ingresen menos de 14.000 euros al año.

Los técnicos han afirmado que, en la antesala del comienzo de la campaña de la renta, la principal novedad reside en el impacto fiscal en aquellos trabajadores que han estado en ERTE como consecuencia del cierre temporal de negocios provocado por el estado de alarma. De hecho, han explicado que las cantidades pagadas por el SEPE como consecuencia de un ERTE se consideran rendimiento del trabajo, al igual que el resto de sueldos, y que el SEPE se considera un segundo pagador en el impuesto sobre la renta.

Los técnicos también han aclarado que a todos los trabajadores se les aplica en su nómina una retención a cuenta de IRPF, pero cuando se cobra la prestación por desempleo y dada la baja cuantía de la percepción por el ERTE «no será objeto de retención en la mayoría de los casos». Esto significa que, dadas las escasas cantidades retenidas en ese periodo del año, en esta declaración de la renta el trabajador se vea obligado a pagar para compensar las contribuciones.

También han explicado que como la retención de la empresa será inferior porque los salarios anuales han sido más bajos, la devolución de la declaración se reducirá bastante e incluso les podría resultar a ingresar si no tienen cargas familiares ni deducciones.

Por otro lado, los técnicos han recordado que, en algunos casos, se han pagado «indebidamente» prestaciones por ERTE a trabajadores que se habían reincorporado a la actividad laboral. Gestha ha señalado que, si el SEPE ha exigido el reintegro al trabajador en 2020, el cobro correcto del SEPE debe estar reflejado en los datos fiscales de la AEAT y que si, por el contrario, el SEPE exige el reintegro en 2021, habrá un importe superior en los datos fiscales y se tendrá que modificar el borrador para que este error no afecte a esta declaración de la renta.

En este caso, Gestha ha recomendado a los trabajadores que revisen el borrador para comprobar que no se ha incluido la prestación reembolsada o a reembolsar.

FUENTE: https://www.diariosur.es/economia/fiscalidad/renta-2021-aviso-hacienda-erte-20210317121958-nt.html